Hola
En esta oportunidad quiero compartir con ustedes el formato de libro de vacaciones que hice, esta completo a mi parecer, es para esos libros de vacaciones que debemos llevar en las empresas y que normalmente son pedidos por Inspectoria del Trabajo en las inspecciones de rutina.
Debo ademas comentarles que segun me informaron en una oficina de inspectoria ya ellos no sellan los libros, basta que la empresa lleve este formato en un libro o en hojas impresas y luego las empastamos.
aqui les dejo el vinculo para que se bajen el formato
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martes, 30 de agosto de 2011
martes, 9 de agosto de 2011
Cesta ticket para medias jornadas
En dias pasados un amigo me consulto acerca del cesta ticket, me decia que el trabajaria medio turno es decir 4 horas diarias de lunes a sabado y me preguntaba si el tenia derecho a un cesta ticket completo o a medio cesta ticket, la verdad no supe responderle y decidi investigar...
Pues bien luego de una busqueda en el indispensable google, consegui el articulo 17 del reglamento a la ley de alimentacion de los trabajadores que preve que los trabajadores que laboren jornadas inferiores a la prevista en el articulo 90 de la constiticion nacional ( es decir 8 horas diarias) tendran derecho al beneficio en proporcion a las horas trabajadas, en mi busqueda consegui esta formula:
Sigamos con el ejemplo de mi amigo:
Calculamos las horas semanales: 4 x 6 = 24 horas semanalea
Calculamos las horas mensuales: 24 x 4 = 96 horas mensuales
Y las horas mensuales las dividimos entre 8 (que es le jornada legal completa)
96/ 8 = 12, 12 cesta tickets es lo que le corresponderia a mi amigo.
Igualmente debo decirles que tienen derecho al ticket de alimentacion aquellos trabajadores que devenguen menos de 3 salarios minimos, ese es el unico requisito, motivo por el cual todo trabajador en periodo de prueba también es acreedor del beneficio
Pues bien luego de una busqueda en el indispensable google, consegui el articulo 17 del reglamento a la ley de alimentacion de los trabajadores que preve que los trabajadores que laboren jornadas inferiores a la prevista en el articulo 90 de la constiticion nacional ( es decir 8 horas diarias) tendran derecho al beneficio en proporcion a las horas trabajadas, en mi busqueda consegui esta formula:
Sigamos con el ejemplo de mi amigo:
Calculamos las horas semanales: 4 x 6 = 24 horas semanalea
Calculamos las horas mensuales: 24 x 4 = 96 horas mensuales
Y las horas mensuales las dividimos entre 8 (que es le jornada legal completa)
96/ 8 = 12, 12 cesta tickets es lo que le corresponderia a mi amigo.
Igualmente debo decirles que tienen derecho al ticket de alimentacion aquellos trabajadores que devenguen menos de 3 salarios minimos, ese es el unico requisito, motivo por el cual todo trabajador en periodo de prueba también es acreedor del beneficio
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